Ecuador, 7. Mai 2011 : Keine Beteiligungen ausserhalb ihres Geschäfts für Banken und Medienunternehmen

Gebiet Ecuador
┗━ Stellung unabhängiger Staat
Datum
Vorlage Keine Beteiligungen ausserhalb ihres Geschäfts für Banken und Medienunternehmen
┗━ Fragemuster Entscheidungsfrage
┗━ Gesetzliche Grundlage Plebiszit → durch Präsident → bindend → Stufe: Verfassung → Partialrevision (Einzelthema)
Ergebnis angenommen
┗━ Mehrheiten gültige Stimmen
Stimmberechtigte 11'158'419
Stimmbeteiligung 8'634'376 77,38%
Stimmen ausser Betracht 943'480
┗━ Leere Stimmen 451'226
┗━ Ungültige Stimmen 492'254
Gültige (= massgebende) Stimmen 7'690'896auf die gültigen Stimmen bezogen
┗━ Ja-Stimmen 4'074'307 52,98%
┗━ Nein-Stimmen 3'616'589 47,02%
Medien Stimmzettel
Bemerkungen Siehe Vorlage 1

Bindendes Präsidialplebiszit nach Art. 441 der Verfassung. Damit kann der Präsident einfache Verfassungsänderungen ("enmienda") direkt dem Volk als "referéndum" vorlegen, wenn das Verfassungsgericht dies billigt.

Abstimmungsfrage:
"¿Está usted de acuerdo con prohibir que las instituciones del sistema financiero privado, así como las empresas de comunicación privadas, de carácter nacional, sus directores y principales accionistas, sean dueños o tengan participación accionaria fuera del ámbito financiero o comunicacional, respectivamente, ENMENDANDO LA CONSTITUCIÓN COMO LO ESTABLECE EL ANEXO 3?
SI ( ) NO ( )
Anexo 3.-
En el primer inciso del artículo 312 de la Constitución dirá:
"Las instituciones del sistema financiero privado, así como las empresas privadas de comunicación de carácter nacional, sus directores y principales accionistas, no podrán ser titulares, directa ni indirectamente, de acciones y participaciones, en empresas ajenas a la actividad financiera o comunicacional, según el caso. Los respectivos organismos de control serán los encargados de regular esta disposición, de conformidad con el marco constitucional y normativo vigente."
En el primer inciso de la DISPOSICIÓN TRANSITORIA VIGÉSIMO NOVENA, dirá:
"Las acciones y participaciones que posean las instituciones del sistema financiero privado, así como las empresas de comunicación privadas de carácter nacional, sus directores y principales accionistas, en empresas distintas al sector en que participan, se enajenarán en el plazo de un año contado a partir de la aprobación de esta reforma en referendo."

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